¿Qué establece la Sentencia del Tribunal de la Unión Europea sobre los estibadores?

El 11 de diciembre de 2016 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea condenó a España por incumplir el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) en la recogida de mercancías en los puertos. Pero, ¿Qué establece la Sentencia del Tribunal de la Unión Europea sobre los estibadores?

Estibadores
Imagen procedente de Bolsamania.com

El citado artículo del TFUE establece que: “quedarán prohibidas las restricciones a la libertad de establecimiento de los nacionales de un Estado miembro en el territorio de otro Estado miembro”.

Hasta ahora la legislación española obliga a las empresas que se encargan de la recogida de mercancías a participar en el accionariado de “Sociedades Anónimas de Gestión de Estibadores Portuarios” (SAGEP). Así mismo establece que deben contar con un mínimo obligatorio de trabajadores de esas sociedades.

En 2011 y 2012 la Comisión Europea envío varios escritos al gobierno de España porque consideraba que la legislación española restringía la libertad de establecimiento recogida en el artículo 49 del TFUE. Como las respuestas les parecieron insuficientes, esta decidió denunciar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El 11 de diciembre de 2014 el Tribunal de Justicia condenaba a España por incumplimiento del artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). La sentencia señala que España incumple las obligaciones del artículo 49 del TFUE. Esto se debe a que impone a las empresas de otros Estados miembros que deseen desarrollar la actividad de manipulación de mercancías en los puertos españoles de interés general la obligación de inscribirse en una SAGEP (y de participar en el capital de ésta), así como la obligación de contratar con carácter prioritario a trabajadores puestos a disposición por dicha Sociedad Anónima, y a un mínimo de tales trabajadores sobre una base permanente.

La sentencia no impide que se protejan los contratos laborales vigentes simplemente obliga solo a que se cambie la legislación para garantizar la libertad de establecimiento.

¿Qué establecía el Decreto-Ley del Gobierno de España para corregir la legislación española en cumplimiento de la Sentencia?

El Decreto establecía la creación de los centros portuarios de empleo (CPE) bajo el régimen de Empresas de Trabajo Temporal. Las empresas de recogida de mercancías no tendrían la obligación de participar en los centros que se creen, ni la de contratar a los trabajadores puestos a disposición por ellos de forma prioritaria.

La única limitación que se establece a la contratación es que los trabajadores cumplan unos requisitos mínimos que garanticen su profesionalidad. Los requisitos son: el correspondiente certificado de profesionalidad o haber realizado más de 100 jornadas de trabajo en el servicio portuario de manipulación de mercancías en cualquier Estado miembro de la Unión Europea. También permite que el buque cuente con personal propio dedicado a esas funciones.

Señala que la autoridad portuaria correspondiente asumiría el 100 por ciento de las indemnizaciones de la finalización de los contratos vigentes antes de la sentencia del TFUE.

Establece un periodo transitorio de tres años para la reducción de contrataciones obligatorias de trabajadores de la SAGEP, no es necesario que sean accionistas para participar en la contratación. Permite a accionistas de la SAGEP decidir si quieren seguir o no formando del capital. Obliga a la SAGEP a transformarse en Empresas de Trabajo Temporal.

Los estibadores solo reivindican mantener sus reivindicaciones laborales porque el Decreto no les garantiza su protección, simplemente les garantiza una indemnización si son despedidos aquellos con contrato vigente en el momento de la sentencia.



Fuentes:

Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea del 9 de mayo de 2008.

Real Decreto Ley 4/2017, de 24 de febrero

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Análisis del Discurso de Víctor Hugo “Los Estados Unidos de Europa”

El 21 de agosto de 1849 el escritor y pensador Víctor Hugo pronunciaba su Discurso de Apertura del Congreso por la Paz que se celebró en esos días en París. El año anterior se produjeron revoluciones en todo el continente europeo que pusieron fin a la Europa del Congreso de Viena. Víctor Hugo quiere señalar con este discurso que la paz en el continente pasaba por la unidad de las naciones que lo integran.

Víctor Hugo
Imagen procedente de Cultura Colectiva

Contexto

En el momento del Congreso por la Paz de Paris de 1849 hacía 34 años que se acabaron las Guerras Napoleónicas (1792-1815) se producían guerras a pequeña escala como las guerras carlistas en España (la segunda guerra carlista en España terminó en mayo de ese mismo año) y había comenzado en Italia el periodo de unificación con la primera guerra de Independencia.

Todavía estaban recientes las revoluciones de 1848, la tercera oleada revolucionaria, después de las de 1820 y 1830, tras el Congreso de Viena y que definitivamente pusieron fin a la Europa dominada por el absolutismo.

La República Universal
"La República Universal" de Charles Lemercier 
Imagen procedente de expositions.bnf.fr

Autor

Victor Marie Hugo nació en Besanzón (Francia) el 26 de febrero de 1802 y murió en París el 22 de mayo de 1885. Político, Poeta, dramaturgo, novelista y pensador, algunas de sus obras más conocidas son Nuestra Señora de París (la novela del Jorobado de Notre-Dame) o Los Miserables. Su padre fue un general bonapartista y debido a los desplazamientos militares de su padre pasará parte de su infancia en Nápoles y España. En 1813 tras la separación de sus padres vuelve con su madre y sus hermanos a París.

En 1815 empezaría a componer versos. Aunque estudiaba para matemático al ganar varios premios literarios en 1819 decide iniciar su carrera como escritor. En 1822 se publican sus primeras obras.

En 1844 empieza su carrera política como consejero del rey Luis Felipe I de Orleans, al año siguiente sería nombrado par de Francia. Fue alcalde del distrito 8 de París durante la revolución de 1848. Fue diputado de la Asamblea Nacional de la II República Francesa en el grupo de los conservadores. 

Al principio estuvo aliado con Luis Napoleón Bonaparte, incluso apoyó su candidatura a presidente de la República, sin embargo, sus críticas a las actuaciones de éste le obligarán a tomar distancias de élEl autogolpe de Luis Napoleón y la instauración del II Imperio en 1851 le hará autoexiliarse en Bruselas.

Del 21 al 24 agosto de 1849 se celebró en París el Congreso por la Paz del que fue elegido presidente y por este motivo realizó tanto el discurso de apertura como el de cierre

Por la publicación de su libro “Napoleón el Pequeño” el gobierno belga le expulsará y deberá trasladarse a Jersey, de la que será expulsado por críticas a la reina Victoria en 1855, y vivirá en Guernsey hasta su regreso a Francia en 1870 tras la caída del II Imperio.  Continuará su activismo político hasta su muerte en 1885. A su muerte se le realizó un Funeral de Estado y fue enterrado en el Panteón de París.
Panteón de París
Imagen procedente de paris.es

Aunque la idea de los Estados Unidos de Europa no es suya, la defendió con tanta fuerza en el siglo XIX que muchos de sus contemporáneos lo etiquetaron como loco o de utópico.

Discurso

El enganche del discurso de Víctor Hugo está en señalar la “Paz Universal” como un mandamiento divino a la que muchos políticos dicen no pero que él dice sí. “La ley del mundo no es y no puede ser separada de la ley de Dios. Y la ley de Dios no es la guerra, es la paz”.

El control reside en que él se encuentra con la incredulidad de la gente que le rodea cuando plantea la paz, sin embargo, expone que “hay cuatro siglos hasta la época en que la guerra era común a la ciudad, una ciudad a otra, una provincia a otra” y que, a esto, se puso fin con la creación del Estado, como el ejemplo de Francia, y la elección de un Parlamento que resolviese las diferencias. Y señala que “llegará un día en que la guerra se parece tan absurdo y será tan imposible entre París y Londres, entre Petersburgo y Berlín, entre Viena y Turín, sería imposible y parecería absurda como hoy entre Rouen y Amiens, entre Boston y Philadelphia”.

La fase de comprensión, está en considerar a los Estados Unidos de Europa como el medio para conseguir la paz en el continente señalando que cuando ese momento llegue las guerras serán sustituidas por el comercio y el intercambio de ideas y con un “Senado soberano” al que compara con los parlamentos nacionales y donde el dinero que en ese momento se destina a la guerra se destine en su lugar al desarrollo.

En el discurso encontramos: anáforas en las que repite el mismo comienzo “llegará un día” para enfatizar la Europa que él desea para poner fin a las guerras; metonimias o sinécdoques por ejemplo cuando sustituye guerra por “campos de batalla” o paz por “mercados abiertos al comercio”; y metáforas como cuando se habla de la unidad europea o de la paz bajo el término de “fraternidad”.

Fuentes:



Wikipedia, “Víctor Hugo”, [Consulta: 4 de marzo de 2017], disponible en web: https://es.wikipedia.org/wiki/Victor_Hugo

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