Siguiendo nuestra serie de post sobre los Derechos fundamentales llegamos al artículo 9 dónde se recoge
el derecho a contraer matrimonio y fundar una familia, aunque su regulación se
deja en manos de las leyes nacionales.
Haciendo una interpretación
amplia de este derecho se consideraría que cualquier persona,
independientemente de su orientación sexual, tiene derecho a casarse y formar
una familia con su pareja pero la mayoría de las leyes nacionales todavía
interpretan este derecho como el de un hombre y una mujer. Desde su aprobación, en 2001, por Holanda, el matrimonio igualitario ya es el legal en 8 países
de la Unión Europea (Reino Unido, Holanda, Bélgica, España, Suecia, Portugal, Dinamarca y
Francia), e incluso ha sido tema de debate en el
Parlamento Europeo.
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2 comentarios:
Ya existe jurisprudencia sobre el tema en la UE... y aunque la UE no tenga competencias sobre este tema, el Tribunal de Justicia esta por encima de todas ellas.
Incluso ya hay un caso sobre la poligamia...
un saludo
Gracias por la información, Carlos.
Un saludo,
Jorge Juan
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