¿Cuáles son mis derechos como ciudadano europeo? (IV)


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Siguiendo la serie de post sobre los Derechos Fundamentales de la Unión Europea  llegamos al art. 4 de la Carta de Derechos Fundamentales dónde se recoge  la prohibición de la tortura y de penas o tratos inhumanos o degradantes y que se desarrolla a través de un Reglamento Europeo (Reglamento (CE) nº 1236/2005), en la que se añaden disposiciones que prohíben el comercio de productos que puedan ser utilizados para la tortura.

Según la Convención  de Naciones Unidas contra la Tortura de 1984 se considera “tortura” provocar dolores o sufrimientos, tanto físicos como mentales, para obtener una confesión o información y que se realicen por un funcionario público.

La Unión Europea no sólo trabaja porque no se produzca en ningún estado miembro sino por su erradicación en el resto del Mundo, fiel reflejo es que, dentro de las sesiones Plenarias del Parlamento Europeo en los apartados dedicados a los derechos humanos, es un tema del que se debate habitualmente.

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